Revisión salarial para la rama Pastelería

Convenios y acuerdos salariales Rama Pastelería
Convenio / C.C.T. Nº 272/96.

Expte N°: 142355470-23
Resolución N°

Buenos Aires, 28 de noviembre 2023 // Compañeros Trabajadores, Profesionales y Empresarios de la Actividad de la Rama Pastelería:

Comunicamos que hemos suscrito un acuerdo salarial con la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés, Cámara de Confiterías, Asociación de Panaderos de Capital Federal y Federación Industrial Panaderíl de la Provincia de Bs. As.:

NOVIEMBRE 2023: SE ABONA UNA ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA DE UN 20% PARA TODAS LAS CATEGORÍAS.

Las asignaciones no remunerativas durante cada periodo deberán efectuar los aportes y contribuciones de Obra Social y convencionales de Mutual y Sindicato. A su vez resultarán computables para el cálculo de vacaciones, horas extraordinarias, sueldo anual complementario y premios y conceptos convencionales que se calculen sobre el salario básico (antigüedad, etc.). Los conceptos que se calculen sobre el importe no remunerativo pactado tendrán la misma naturaleza.

Las partes convienen que las sumas que se pudieren reconocer a través de otros beneficios otorgados o que pueda otorgar en el futuro el Gobierno Nacional y/o los gobiernos provinciales y/o municipales por cualquier concepto y a cargo de la parte empleadora, serán consideradas como pagos a cuenta de las obligaciones emergentes del acuerdo.

Nota: todos los porcentajes de aumento se calculan sobre salarios básicos de Abril 2023.

spot_img

spot_img
spot_img