Buenos Aires, 17 de julio de 2023.
Aumento salarial trimestral Julio, Agosto, Septiembre Servicios Rápidos
Establecimientos de servicios rápidos, expendio de emparedados y afines – C.C.T. nº 329/00
N° EXPTE.: 84342470-23
Compañeros trabajadores, profesionales y empresarios de la actividad de la rama servicios rápidos.
Comunicamos que hemos suscrito un acuerdo salarial con la cámara argentina de establecimientos de servicios rápidos de expendio de emparedados y afines.
Julio 2023: se abona una asignación no remunerativa de un 20% para los meses de julio y agosto 2023 para todas las categorías.
Septiembre 2023: se abona un aumento en el salario básico del 20 % más una asignación no remunerativa de un 14% para los meses de septiembre y octubre 2023 para todas las categorías.
Noviembre 2023: se abona un aumento en el salario básico del 34 % para todas las categorías.
Las asignaciones no remunerativas correspondientes al aumento salarial trimestral Julio, Agosto, Septiembre deberán efectuar los aportes y contribuciones de obra social y convencionales de mutual y sindicato. A su vez resultarán computables para el cálculo de vacaciones, horas extraordinarias, sueldo anual complementario y premios y conceptos convencionales que se calculen sobre el salario básico (antigüedad, etc.). los conceptos que se calculen sobre el importe no remunerativo pactado tendrán la misma naturaleza.
Nota: todos los aumentos se calculan sobre el salario básico del mes de mayo 2023.
Los importes referidos precedentemente se abonarán de manera proporcional a los trabajadores a tiempo parcial..
Consejo Federal
F.T.P.S.R.C.H.P. y A.