HELADERÍAS
Convenios y acuerdos salariales Rama Heladería
Convenio / C.C.T. Nº 273/96
Buenos Aires, 24 de julio de 2023 // Compañeros Trabajadores, Profesionales y Empresarios de la Actividad de la Rama Heladerías.
Expte N°: 86270088
Resol. N°
Comunicamos que hemos logrado un acuerdo salarial con la Asociación Fabricantes Artesanales de Helados y Afines.
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Julio 2023: se abona una asignación no remunerativa de un 20% para los meses de julio y agosto 2023 para todas las categorías.
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Septiembre 2023: se abona un aumento en el salario básico del 20 % más una asignación no remunerativa de un 14% para los meses de septiembre y octubre 2023 para todas las categorías.
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Noviembre 2023: se abona un aumento en el salario básico del 34 % para todas las categorías.
Las asignaciones no remunerativas correspondientes al aumento salarial de Julio, Agosto, Septiembre y octubre deberán efectuar los aportes y contribuciones de obra social y convencionales de mutual y sindicato. A su vez resultarán computables para el cálculo de vacaciones, horas extraordinarias, sueldo anual complementario y premios y conceptos convencionales que se calculen sobre el salario básico (antigüedad, etc.). los conceptos que se calculen sobre el importe no remunerativo pactado tendrán la misma naturaleza.
Nota: Todos los aumentos se calculan sobre el salario básico del mes de mayo 2023.
Consejo Federal F.T.P.S.R.C.P.H. y A